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La categoría Turismo Competición 850 (T.C. 850), informó sobre las modificaciones al Reglamento Técnico que serán puestas en vigencia a partir de la Temporada 2010.
En lo que respecta al
Reglamento
Técnico del "T. C. 850" se aprobaron las siguientes resoluciones:
El artículo 2 CIGUEÑAL
deberá decir:
"Original.- Para Fiat 600 y Fiat Coupé de de 63,5 y 66 mm. de carrera.-
Tolerancia de carrera 1 % para ambos cigüeñales.- Está permitido su
pulido y
alivianadado.- Polea libre".-
El artículo 3 BIELAS
dice: " Para
Fiat 600 y Fiat Coupé similares a las originales hasta el modelo 1976
(Las que
tienen tapas inclinadas). Bulones libres.- No se permiten las del modelo
Fiat
600 "S" o Fiat 133.- Largo entre centros sin buje colocado para el perno
de
110,10 mm.-
Artículo 9 RELACIÓN DE
COMPRESIÓN:
"La relación de compresión para los motores tipo "A" será de 9,75 a 1 y
para los
motores tipo "B" de 9,50 a 1.-"
Artículo 26 RADIADOR DE
ACEITE: "Se autoriza el uso de radiador de aceite (serpentina o
intercambiador) con ubicación libre dentro del motor".-
En el artículo 21
BALANCINES se
agrega al final: "Se permite suplementar sus apoyos".-
Como anticiparamos en
un próximo
informe se darán a conocer las novedades correspondientes a la fecha
apertura
del Campeonato 2010 del "T. C. 850" que llevará el nombre de "Jorge
y
Hugo
Caire".-
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