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Duras sanciones en Kárting PDF Imprimir E-Mail
Publicado por Ricardo Moreno   
martes, 31 de marzo de 2009

karter_sibulovsky
Vanesa Sibulovsky
La Federación Automovilística Entrerriana (FAE) informó a través del Comunicado Nº 4/2009 las duras sanciones impuestas por AZKRU a dos pilotos del Kárting Entrerriano por hechos ocurridos durante la primera fecha disputada en el kartódromo de Paraná. El Comunicado de FAE señala lo siguiente:


Se confirma la próxima fecha del Kárting Entrerriano a realizarse los días 4 y 5 de abril en el kartódromo de Gualeguaychú, ubicado en el autódromo de dicha ciudad.

La actividad estará centrada en ambos días, teniendo que la especialidad ya realizó pruebas libres en dicho escenario.

Asimismo, se hace saber que la Federación, especialmente la Sub Comisión de Penalidades y Apelaciones, ha sido notificada de las resoluciones sancionatorias tomadas por
la Fiscalizadora A.Z.K.R.U.

Al respecto, se informa que de las actuaciones labradas para deslindar responsabilidades de los pilotos de la categoría Junior, Vanesa Sibulovsky y Juan Beltrame y los señores Andrés Crosa, en condición de preparador de la primera de las nombradas y Dardo Beltrame como concurrente del restante piloto.

Al respecto, luego de analizar los informes respectivos de miembros presenciales de la Fiscalizadora, solicitar los descargos respectivos y luego de su evaluación, la C.D. de A.Z.K.R.U. resuelve lo siguiente:

1) Entender que el señor Andrés Darío Crosa realiza un descargo en el que sólo justifica a su entender los motivos por los cuales asumió la conducta que para la C.D. de la categoría era considerada antideportiva, resultando los mismos sin ningún valor de justificación a su actitud, ya que hace mención a omisiones de la Directiva a la que menciona como “de falta de reacción a hechos anteriores en pista en los cuales se vio perjudicada muchas veces la piloto Sibulovsky antes mencionada y en el hecho de que no va a soportar insultos de terceros por lo que entiende, no debe ser sancionado. Por último, desconoce la calidad de concurrente a que se le asigna.

Todo esto lleva a que su actitud antideportiva durante la competencia realizada el 1º de marzo del corriente año en el kartódromo de Paraná se encuentre encuadrada en las disposiciones que transgreden los artículos 48, 49, 51 y concordantes del Capítulo III, Procedimiento de Penalidades del R.D.A. y de Campeonato de la categoría y aún en el caso de no haber asumido su condición de concurrente, de todas maneras integra el equipo de competición al haber consignado en la solicitud de inscripción su condición de preparador, lo que tambien lo hace responsable, igualmente.

En igual medida, su actitud responsabiliza a la piloto Vanesa Sibulovsky. Todo lo cual lleva a la resolución de imponer, por los artículos antes mencionados 2 (dos) fecha de suspensión de cumplimiento efectivo a Sibulovsky Vanesa, que deberá cumplir en las dos carreras inmediatas a Paraná del Campeonato Entrerriano de Kárting 2009.

 

Igualmente, se sanciona por igual cantidad de fechas y en iguales condiciones al mecánico Andrés Crosa quien no podrá permanecer en lugares reservados estrictamente a la Fiscalización, como lo son: línea de largada, señalización en pista, palco de cronometraje y recinto de verificaciones.

 

Asimismo, después de analizar los testimonios de miembros de la Fiscalizadora sobre la conducta asumida por el concurrente del piloto Juan Beltrame, señor Dardo G. Beltrame, se entiende, más allá de que considere de que es motivo de una denuncia, asume claramente su actitud para esta Comisión Deportiva, antideportiva a la que el mismo atribuye que se debió a su temperamento que lo obligó a actuar de esa manera como respuesta a los insultos en su contra por parte del señor Andrés Crosa y que más allá de su justificación se considera grave, aceptará la decisión que  se tome por parte de las autoridades, dejando como nota el pedido de disculpas si hubiere error de su parte.


Todo esto lleva a que conforme a los artículos 48, 49, 51 y concordantes del Capítulo III Procedimiento de Penalidades del R.D.A. y del Reglamento de Campeonato de la categoría hacen responsable al piloto que representa, Juan Beltrame a quien se le aplica una sanción de (dos) fechas de suspensión de cumplimiento efectivo a cumplirse en las próximas dos fecha del Calendario 2009, al tiempo que su concurrente, Dardo G. Beltrame tendrá prohibida su permanencia en los lugares privativos de la Fiscalización, línea de largada, señalización en pista, palco de cronometraje y recinto de verificaciones.

Gualeguaychú, 31 de Marzo de 2009

Comisión Directiva FAE

 
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